La decisión ratificó el fallo del Tribunal Administrativo de Bolívar, que concluyó que el dirigente celebró por interpuesta persona un contrato de publicidad con la Alcaldía de Magangué.

El Consejo de Estado confirmó la pérdida de investidura de Anastasio Enrique Bedoya Cárdenas como concejal de Magangué para el periodo constitucional 2024-2027.
La decisión fue adoptada el 9 de julio de 2026 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, al resolver el recurso de apelación presentado por la defensa contra la sentencia emitida el 13 de noviembre de 2025 por la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Bolívar.
El proceso fue promovido por José Joaquín Rubiano Herrera, quien sostuvo que Bedoya Cárdenas habría vulnerado el régimen de incompatibilidades aplicable a los servidores públicos.
El contrato que originó el proceso
El caso se relaciona con el contrato de prestación de servicios PS-790-2024, suscrito entre la Alcaldía de Magangué y Arnulfo Antonio Cortés Correa por un valor de 12 millones de pesos.
El objeto contractual consistía en prestar servicios de publicidad institucional en medios virtuales a través de AB Televisión. Su ejecución se extendía hasta el 31 de diciembre de 2024.
Según la sentencia, las pruebas permitieron establecer que Bedoya Cárdenas gestionó la celebración del contrato por medio de Cortés Correa debido a que, por su condición de concejal, no podía contratar directamente con una entidad pública.
El Consejo de Estado también consideró probado que el entonces concejal obtuvo un beneficio económico relacionado con el negocio.
Pago y cesión del crédito
La Alcaldía certificó la ejecución satisfactoria del contrato y autorizó un pago de 9 millones 960 mil pesos.
Posteriormente, Cortés Correa cedió el crédito a Omaris Cadrasco Hernández. La cesión fue reconocida por la administración municipal mediante la Resolución 6369 del 16 de diciembre de 2024, por lo que el dinero fue consignado en la cuenta de la cesionaria.
De acuerdo con los testimonios analizados en el fallo, el pago del contrato habría sido utilizado como garantía de un préstamo entregado a Bedoya Cárdenas.
Para el alto tribunal, la documentación remitida por la Fiscalía, sumada a los testimonios y a las pruebas sobre la cesión y el pago, permitió establecer la conexión entre el concejal y el contrato.
La defensa pidió revocar la decisión
En su recurso de apelación, la defensa argumentó que la sentencia de primera instancia se había basado en declaraciones inconsistentes y que el Tribunal Administrativo de Bolívar no valoró integralmente las pruebas aportadas.
También aseguró que Bedoya Cárdenas no intervino en la selección del contratista, no firmó documentos relacionados con el proceso contractual y no recibió pagos directamente de la Alcaldía.
Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que las pruebas, examinadas en conjunto, acreditaban que el contrato fue celebrado por interpuesta persona.
La corporación también determinó que se configuró el elemento subjetivo de la conducta, debido a que Bedoya conocía la prohibición y habría recurrido a un tercero precisamente para evitar contratar directamente con el municipio.
Decisión definitiva
La Sección Primera confirmó íntegramente la sentencia que decretó la pérdida de investidura de Anastasio Enrique Bedoya Cárdenas. No impuso condena en costas por tratarse de un proceso en el que se discute un interés público.
Una vez quede ejecutoriada la providencia, el expediente deberá regresar al Tribunal Administrativo de Bolívar.
La sentencia no establece quién debe ocupar la curul vacante. Esa determinación deberá surtirse mediante los procedimientos administrativos y electorales correspondientes.
¿Quién ocuparía la curul?
La960.com revisó en el sitio web de la Registraduría Nacional del Estado Civil el formulario E-26 correspondiente a la elección del Concejo Municipal de Magangué y los resultados de la cifra repartidora.
De acuerdo con esa información, la persona a quien le correspondería ocupar la curul es Ana Julia Álvarez Barrios, integrante del movimiento político Revolución Comunitaria.
No obstante, su ingreso al Concejo de Magangué deberá formalizarse mediante los procedimientos administrativos y electorales correspondientes, una vez quede ejecutoriada la sentencia y se declare oficialmente la vacancia.
